viernes, 19 de octubre de 2007

Confirman procesamiento de Andrea del Boca y podría enfrentar una pena de tres años de prisión


La actriz Andrea del Boca seguirá procesada por impedirle a su hija ver al padre, según lo resuelto hoy por la Cámara del Crimen, que rechazó un recurso de casación contra la confirmación del procesamiento, indicaron hoy fuentes judiciales.

La Sala V del tribunal dispuso, además, que la actriz y su madre, Ana María Castro de Del Boca, sean indagadas por otros hechos también denunciados por Horacio Ricardo Biasotti, relacionados con el régimen de visitas oportunamente pactado.

Otra sala de la Cámara, la VII, rechazó la recusación que Del Boca planteó contra los camaristas Mario Filozof, María Garrigós de Rébori y Rodolfo Pociello Argerich, quienes confirmaron su procesamiento por "impedimento de contacto" de la hija menor con el padre y el recurso de casación contra esta medida.

La actriz pidió el apartamiento de Filozof, Garrigós de Rébori y Pociello Argerich por falta de imparcialidad, pero los camaristas de la Sala VII Juan Cicciaro y José Bonorino Pero sostuvieron que de la resolución que confirmó el procesamiento "no surge resquicio alguno que permita dudar" sobre el cumplimiento de esa garantía.

Para confirmar el procesamiento la Sala V tuvo en cuenta el artículo 1 de la ley 24.270, que reprime con penas de hasta tres años de prisión "al padre o tercero que ilegalmente impidiere u obstruyere" el contacto de menores de 10 años (el caso en cuestión) con sus progenitores no convivientes.

Filozof, Garrigós de Rébori y Pociello Argerich citaron casos similares en los que las partes pretendieron solucionar los conflictos mediante la tramitación de diversos procesos judiciales y destacaron que "lo que siempre debe prevalecer es el interés de los niños".

En tal sentido la Sala V hizo referencia a una decena de causas radicadas ante la justicia civil en las que Del Boca y Biasotti "se disputan la cuota alimentaria, el régimen de visitas de la niña, temas de violencia familiar y medidas cautelares", entre otras cuestiones.

"Resulta fácil advertir -consignó el tribunal- que (desde el nacimiento de su menor) ningún cambio se ha producido en las relaciones familiares y que las partes en lugar de resguardar el vínculo familiar y velar por el interés de la niña han hecho prevalecer sus disputas personales".

Los hechos por los que fue procesada la actriz habrían ocurrido en 2004, pero Biasotti siguió denunciando situaciones similares hasta hace pocos meses.

Según actas notariales la actriz habría alegado enfermedad (no acreditada en el sumario penal) de la menor o ausentado de su domicilio en las oportunidades que Biasotti, de acuerdo a lo pactado en el Juzgado Nacional en lo Civil número 23, debía concurrir para retirar a la pequeña.

Una perito designada por la justicia civil manifestó las dificultades para que se cumpliera el régimen de visitas y dejo constancia de la "preciosa" relación entre el padre y la hija.